Paraná · Mar 21 jul 2026 ☀️—°·Paraná
Judiciales

Consideran “un cachetazo” el dos por uno para represores

Alicia Dasso, unas de las víctimas del terrorismo de Estado, repudió la definición de la Corte Suprema de Justicia que entendió que es aplicable la ley conocida como del dos por uno a un exparamilitar sentenciado por torturas y desapariciones. “Es un cachetazo a toda la lucha que hemos tenido”, afir

f 𝕏
Consideran “un cachetazo” el dos por uno para represores
Alicia Dasso, unas de las víctimas del terrorismo de Estado, repudió la definición de la Corte Suprema de Justicia que entendió que es aplicable la ley conocida como del dos por uno a un exparamilitar sentenciado por torturas y desapariciones. “Es un cachetazo a toda la lucha que hemos tenido”, afirmó en Aire de Todos.

 

Organismos de derechos humanos de la provincia emitieron un comunicado para rechazar la definición de la Corte Suprema de Justicia, que benefició a un sentenciado por delitos de lesa humanidad con una reducción de condena, al aplicar el 2×1.

Esta definición “es un cachetazo a toda la lucha que hemos tenido”, expresó a LT14 Alicia Dasso, militante por los derechos humanos que estuvo detenida durante la dictadura cívico militar del país.

En este sentido agregó que también “es un cachetazo” para todos aquellos que lucharon contra la impunidad y lo siguen haciendo hoy”, dijo y añadió que “nos sentidos dolidos y ofendidos en toda nuestra dignidad”, aseveró en declaraciones con Aire de todos.

Por eso remarcó que esta ley “nunca fue para delitos de lesa humanidad, lo grave es que hayan sacado de la galera una normativa que ya no tenía vigencia”, afirmó Dasso.

La Corte entendió que es aplicable la ley conocida como del dos por uno a un ex paramilitar sentenciado por torturas y desapariciones, con lo que en la práctica dio por cumplida su sentencia. La determinación del Tribunal benefició a Luis Muiña -condenado a 13 años de prisión y que pasó preso poco más de 9 años- por haber participado del secuestro y torturas a cinco personas en 1976.